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Programas de Subsidios y Otros Beneficios

A continuación se presenta el detalle de los subsidios ofrecidos por este Organismo (Ministerio de Educación).



Nombre del programa o beneficio Fuente legal Fecha de publicación o dictación (dd/mm/aaaa) Enlace a la publicación o archivo correspondiente Objetivo del subsidio o beneficio Unidad/órgano interno/dependencia que lo gestiona Período de aplicación o de vigencia (señalando dd/mm/aaaa de inicio y dd/mm/aaaa de término), si corresponde Unidad monetaria Monto total asignado al programa o beneficio Enlace a los requisitos y antecedentes para postular Periodo o plazo de postulación Criterio de acceso Enlace a mayor información (si existiere) Enlace a nómina de beneficiarios 
Beca de Reubicación Ley de Presupuestos del Sector Público / Partida 09; Capítulo 01; Programa 30; Subtítulo 24; Ítem 200 (Glosa 04) (Ley Nº 21.053) (2018) y Decreto 97 de 2013 con sus modificaciones  21-12-2017  Enlace Ley de Presupuestos 2018 Apoyar el financiamiento de la continuidad de estudios superiores de estudiantes que estaban matriculados en instituciones en proceso de cierre Departamento de Financiamiento Estudiantil DIVESUP Las becas sólo podrán otorgarse durante el período reglamentario de duración de la carrera de conformidad a lo que se indique en la malla curricular proporcionada cada año por la institución respectiva e informada en la oferta académica del año de obtención del beneficio, excluyéndose de este período el proceso de titulación y el período de prácticas profesionales o laborales, salvo que éstos se encuentren incluidos formalmente en la duración de la malla curricular respectiva. Pesos chilenos $3.415.814 Ver enlace Octubre - Noviembre 2017 o Febrero - Marzo 2018 (Consultar fechas exactas en www.beneficiosestudiantiles.cl) Certificar matrícula en la U. ARCIS desde el 31 de diciembre de 2014 y no haber terminado la carrera, matricularse en la misma institucion u otra acreditada por 3 o más años. Además, a aquellos estudiantes que certifiquen matricula en la  U del Mar al 31 de Diciembre de 2012 y que en 2018 cumplan los requisitos renovación. Asimismo, se podrá financiar la reubicación de los alumnos que provienen de los hogares pertenecientes a los siete deciles de menores ingresos de la población del país, provenientes de de institcuiones respecto de las cuales Mineduc haya solicitado al CNED la revocación del reconocimiento oficial y éste haya dado su aprobación; que se matriculen en una institución de Educación Superior con al menos 3 años de acreditación vigente al 31 de diciembre de 2017. No aplica No aplica
09-10-13 Enlace Decreto 97 Ver enlace Ver enlace
Beca de Reubicación Ley de presupuesto de cada año y Decreto 97 (2013) con sus actualizaciones (Decretos 167 y 108) 2014 Ver enlace Apoyar el financiamiento de la continuidad de estudios superiores de estudiantes que estaban matriculados en la Universidad del Mar a su cierre área de Financiamiento DIVESUP 2017 Pesos chilenos $3.572.642.582 Ver enlace Noviembre 2016 o Marzo 2026 Certificar matrícula en U del Mar al 31 de Diciembre de 2012, estar matriculado en IES acreditada   Ver enlace
Beca Reubicación alumnos Universidad del Mar Ley de Presupuestos del Sector Público año 2016 / Partida 09; Capítulo 01; Programa 30; Subtítulo 24; ítem 200 (Glosa 04) (Ley Nº 20.882) 05-12-15 Ver enlace Dirigida a estudiantes que hayan estado matriculados en la Universidad del Mar al 31 de mayo de 2012, y que en 2016 se inscriban en instituciones de Educación Superior acreditadas al 31 de diciembre de 2015 (Ley 20.129). Departamento de Financiamiento Estudiantil Las becas sólo podrán otorgarse durante el perí odo reglamentario de duración de la carrera de conformidad a lo que se indique en la malla curricular proporcionada cada año por la institución respectiva e informada en la oferta académica del año de obtención del beneficio, excluyé ndose de este perí odo el proceso de titulación de la malla curricular respectiva. Pesos chilenos 9.477.940 miles Ver enlace ESTUDIANTES DE PRIMER AÑ O Estudiantes matriculados al 31 de mayo de 2012 en la Universidad del Mar, y que durante el año 2016 se matriculen en Instituciones de educación superior que cuenten con acreditación institucional vigente al 31 de diciembre de 2015, conforme a la Ley Nº 20.129. El monto máximo de esta beca, no podrá exceder el monto del arancel de referencia de la respectiva carrera. Con todo este beneficio será en las condiciones que establezca el reglamento. Ver enlace Ver nómina
 
09 de febrero al 21 de marzo de 2016
Decreto Nº 97 de 2013, del Ministerio de Educación y sus modificaciones 09-10-13 Ver enlace  

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